En 2019, la vida de Haley Olson en el condado de Grant, Oregón, se vio alterada cuando sus fotos privadas aparecieron en boca de todos. Estas imágenes, que Olson guardaba en su teléfono móvil, fueron vistas y compartidas por personas relacionadas con el departamento del sheriff local, donde trabajaba su pareja. La situación se agravó cuando un desconocido, vestido con uniforme de la oficina del sheriff, le comentó que había escuchado rumores sobre sus fotos circulando por la oficina. Otros testigos afirmaron haber visto a empleados del sheriff observando las imágenes en el teléfono del esposo de una de las trabajadoras.
El origen de esta filtración se remonta a un incidente en Idaho, donde Olson fue detenida por posesión de marihuana. Durante el arresto, la policía estatal de Idaho le solicitó firmar un consentimiento para registrar su teléfono, a lo que ella accedió. Aunque los cargos en Idaho fueron desestimados, Olson sospechó que la imagen de su teléfono fue compartida con el departamento del sheriff de su localidad. Tras una solicitud de registros públicos, descubrió que el fiscal del condado de Grant, Jim Carpenter, había solicitado una copia de la imagen del teléfono a las autoridades de Idaho, supuestamente para investigar posibles actividades ilegales de un agente con el que Olson salía.
Carpenter, tras recibir la imagen, intentó involucrar a otras agencias para revisar los datos, pero al no encontrar apoyo, decidió examinar el contenido por sí mismo. Aunque no encontró evidencia de actividades criminales, el contenido personal de Olson fue visto por personas ajenas, lo que llevó a Olson a demandar a Carpenter y al sheriff Glenn Palmer por violación de sus derechos bajo la Cuarta Enmienda. El caso llegó al Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito, que criticó duramente el comportamiento de las autoridades de Oregón, subrayando que la búsqueda de los datos de Olson sin una orden judicial era una clara violación de sus derechos.
A pesar de la sentencia, el tribunal determinó que el sheriff Palmer estaba exento de sanciones, ya que no había visto las imágenes ni realizado la búsqueda. Carpenter, por su parte, fue protegido por la «inmunidad calificada» debido a que, aunque violó los derechos de Olson, la ley no era clara en 2019 sobre la extensión de un consentimiento voluntario a otras jurisdicciones. El tribunal emitió una guía aclaratoria indicando que futuras búsquedas de teléfonos móviles por razones no relacionadas requerirán una orden judicial, pero no impuso sanciones a Carpenter por sus acciones de 2019. La difusión de las fotos de Olson sigue siendo un misterio sin resolver, y el tribunal admite que poco puede hacer al respecto.